Venta de vivienda / Refinanciamiento
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Vender una casa con energía solar
- ¿Qué pasos debo seguir para vender mi casa con energía solar?
- ¿Por qué el propietario de una tercera parte presentó una solicitud de UCC-1?
- ¿Es la presentación de una solicitud de UCC-1 un gravamen?
Refinanciar una casa con energía solar
- ¿Qué necesito saber al refinanciar mi vivienda con energía solar?
- ¿Por qué el propietario de una tercera parte presentó una solicitud de UCC-1?
- ¿Es la presentación de una solicitud de UCC-1 un gravamen?
Vender una casa con energía solar
¿Qué pasos debo seguir para vender mi casa con energía solar?
Si el sistema es propiedad de un propietario externo, como Sunrun, Spruce (anteriormente conocida como KiloWatt o Clean Power Finance), New Columbia Solar (NCS), Redball, etc.
Paso 1 – Recopila tu documentación – Los contratos que firmaste con tu coordinador de asistencia de GRID contienen mucha información importante, como quién es el propietario del sistema de terceros, cómo pudiste recibir el sistema sin ningún coste para ti, las garantías, así como todas las características del sistema solar que puedas considerar beneficios de tu hogar (como la potencia nominal del sistema en kW, la cantidad de energía que producen y que los futuros propietarios también recibirán sin coste, el beneficio medioambiental estimado, etc.). El “Cuaderno de contacto y referencia del sistema solar” también es una útil fuente de información de una sola página que te indica a quién contactar en diferentes situaciones y que debería compartirse con el eventual nuevo propietario de tu hogar.
Paso 2 – Prepararse para responder a las preguntas sobre el sistema solar – Es importante informar a su agente inmobiliario cómo funciona el programa de GRID y los acuerdos que ha firmado. Incluso si su agente inmobiliario ya ha vendido otras viviendas con energía solar, el programa de GRID es muy único dentro del sector, por lo que podrían hacer algunas suposiciones erróneas si no les muestran sus contratos y no les dan más información.
No olvide explicarles que el contrato del sistema solar en su casa es de 20 o 25 años, en el que la empresa externa es la propietaria del sistema, pero toda la energía que produce el sistema durante 20 o 25 años ya ha sido pagada por completo por GRID. No hay pagos mensuales ni saldos pendientes, y cualquier futuro propietario podrá disfrutar de energía solar gratuita bajo los mismos términos y garantías que usted. Además, no hay gravámenes sobre la vivienda, solo hay algunos avisos que aparecerán en la verificación de título (como la presentación de la UCC-1 o la NOIEPC), así como algunos documentos menores adicionales que el propietario externo ayudará a tramitar.
Paso 3 -Contacte a su propietario de terceros lo antes posible– Debes contactar con el propietario del sistema solar de terceros con 30 días de antelación para informarle de tus planes de vender tu vivienda y darle la notificación adecuada para iniciar los trámites necesarios. La información de contacto de todos los propietarios de terceros con los que GRID ha trabajado es la siguiente: enumerados en esta página.
Algunos pasos que deberá seguir el propietario de la tercera parte incluyen la eliminación temporal de la presentación de la UCC-1 en su vivienda (de nuevo, esto no constituye una hipoteca) y la preparación de un acuerdo de transferencia que deberá ser firmado por el nuevo propietario después de que la venta haya finalizado. Siga leyendo estas preguntas frecuentes para obtener más información sobre la presentación de la UCC-1.
Si el sistema es de tu propiedad
Paso 1 – Recopila tu documentación – Los contratos que firmaste con tu coordinador de asistencia técnica de GRID contienen mucha información importante, como cómo pudiste recibir el sistema sin ningún coste para ti, las garantías, así como todas las características del sistema solar que puedas considerar beneficios de tu hogar (como la potencia del sistema en kW, la cantidad de energía que producirá y que los futuros propietarios también recibirán sin coste, el beneficio medioambiental estimado, etc.). Si “Formulario de contacto y referencia del sistema solar” también es una útil ficha de 1 página que te indica a quién contactar en diferentes situaciones y debería ser compartida con el eventual nuevo propietario de tu hogar.
Paso 2 – Prepararse para responder a las preguntas sobre el sistema solar – Es importante informar a tu agente inmobiliario y a los demás profesionales con los que trabajes sobre cómo funciona el programa de GRID y los acuerdos que hayas firmado. Incluso si tu agente inmobiliario ya ha vendido otras viviendas con energía solar, el programa de GRID es muy único dentro del sector, por lo que podrían hacer algunas suposiciones erróneas a menos que los muestres tus contratos y les aconsejes de otra manera.
No olvide explicarles que el sistema solar de su casa es de su propiedad y que el pago se realiza íntegramente. No hay pagos mensuales ni saldos pendientes, y cualquier futuro propietario automáticamente será propietario de los paneles y disfrutará de energía solar gratuita bajo los mismos términos y garantías que usted. Además, no hay gravámenes ni avisos en el registro de la propiedad relacionados con el sistema.
¿Por qué el propietario de una tercera parte presentó una solicitud de UCC-1?
Todos los propietarios de sistemas solares de terceros presentan una notificación en el registro de la vivienda (comúnmente conocida como una presentación UCC-1 o declaración financiera) después de que el sistema solar haya sido instalado. Esta notificación dice básicamente a cualquier persona que realice una búsqueda de título en su dirección: “Para su información, el sistema solar instalado en esta vivienda es propiedad de alguien distinto al propietario”. A veces, los agentes inmobiliarios o los prestamistas que no están familiarizados con esta práctica pueden decirte que se ha otorgado una garantía real sobre tu vivienda, pero esto no es cierto. Una notificación UCC-1 no es una garantía real y nunca debe confundirse con una garantía real.
Los formularios UCC-1 protegen los derechos del propietario de un tercero como propietario del sistema solar, pero no hacen ninguna reclamación contra el resto de la vivienda o propiedad. Otra razón por la que los propietarios de terceros presentan los formularios UCC-1 es porque quieren mantener un registro de su propiedad y asegurarse de que sean notificados cuando la vivienda tenga algún cambio de propietario. Ver esta notificación en el registro de título de su vivienda es un recordatorio de que debe contactar a su propietario de terceros para informarle de que está en proceso de una operación inmobiliaria (venta, refinanciación, línea de crédito de la vivienda – HELOC, etc.) para que puedan prepararse para retirar temporalmente el formulario UCC-1 para que pueda continuar con la transacción y completar cualquier otra documentación requerida.
¿Es la presentación de una solicitud de UCC-1 un gravamen?
No. Lo que encontrará en el título de una vivienda es un registro UCC-1, esencialmente una simple notificación de que los paneles solares pertenecen a otra persona que al propietario de la vivienda. Un registro UCC-1 nunca se convierte en un gravamen sobre la vivienda.
Refinanciar una casa con energía solar
¿Qué necesito saber al refinanciar mi vivienda con energía solar?
Si el sistema es propiedad de un propietario externo, como Sunrun, Spruce (anteriormente conocida como KiloWatt o Clean Power Finance), New Columbia Solar (NCS), Redball, etc.
Durante el proceso de refinanciamiento, se revisarán su historial crediticio y otros registros públicos. Durante este tiempo, su prestamista o otras empresas probablemente encontrarán un aviso de presentación de UCC-1 en el registro inmobiliario que indica que el propietario de la tercera parte que instaló los paneles solares en su casa tiene otra titularidad. El UCC-1 tiene la función de indicar simplemente en el registro inmobiliario que los paneles solares tienen otra titularidad. No se trata de un gravamen sobre su vivienda, y nunca debe confundirse con uno. Este aviso solo tendrá que ser retirado temporalmente por el propietario de la tercera parte para que pueda continuar con el refinanciamiento. No se preocupe, este es un proceso administrativo simple y directo. Para tener una experiencia fluida al refinanciar su vivienda, GRID recomienda que realice los siguientes pasos:
Paso 1 – Recopila tu documentación – Los contratos que firmaste con tu coordinador de divulgación GRID contienen mucha información importante, incluida la información sobre quién es el propietario del sistema de terceros y cómo pudiste recibir el sistema sin ningún coste para ti. El “Cuaderno de contacto y referencia del sistema solar” es una útil fuente de información de una sola página que te indica a quién contactar en diferentes situaciones.
Paso 2 – Prepararse para responder a las preguntas sobre el sistema solar – Es importante informar a su prestamista y a los demás profesionales con los que esté trabajando sobre cómo funciona el programa de GRID y los acuerdos que ha firmado. Incluso si han trabajado con otras viviendas con energía solar, el programa de GRID es muy único dentro de la industria, por lo que pueden llegar a tener algunas suposiciones erróneas a menos que los muestre sus contratos y los aconseje de otra manera.
No olvide explicarles que el contrato del sistema solar en su casa es de 20 o 25 años, en el que la empresa externa es la propietaria del sistema, pero toda la energía que produce el sistema durante 20 o 25 años ya ha sido pagada por completo por GRID. No hay pagos mensuales ni saldos pendientes, y cualquier futuro propietario podrá disfrutar de energía solar gratuita bajo los mismos términos y garantías que usted. Además, no hay gravámenes sobre la vivienda, solo hay algunos avisos que aparecerán en la verificación de título (como la presentación de la UCC-1 o la NOIEPC), así como algunos documentos menores adicionales que el propietario externo ayudará a tramitar.
Paso 3 -Contacte a su propietario de terceros lo antes posible – Debes contactar con el propietario de la instalación solar de forma anticipada con 30 días de antelación para informarle de tus planes de vender tu vivienda y darles la debida notificación para que inicien los trámites necesarios, incluyendo la retirada temporal del registro UCC-1 de tu vivienda (de nuevo, esto no constituye una hipoteca). La información de contacto de todos los propietarios de la instalación solar con los que GRID ha trabajado se encuentra disponible aquí. enumerados en esta página.
Continúe leyendo estas preguntas frecuentes para obtener más información sobre la presentación del UCC-1.
Si el sistema es de tu propiedad
Para que el proceso de refinanciamiento de su vivienda sea fluido, GRID recomienda que informe a su prestamista y a los demás profesionales con los que esté trabajando sobre cómo funciona el programa de GRID y los acuerdos que haya firmado. Incluso si ya han trabajado con otras viviendas con energía solar, el programa de GRID es muy único dentro del sector, por lo que podrían tener algunas suposiciones erróneas a menos que le muestre sus contratos y le aconseje de otra manera.
No olvide explicarles que el sistema solar de su casa es de su propiedad y que el pago se realiza íntegramente. No hay pagos mensuales ni saldos pendientes, y cualquier futuro propietario automáticamente será propietario de los paneles y disfrutará de energía solar gratuita bajo los mismos términos y garantías que usted. Además, no hay gravámenes ni avisos en el registro de la propiedad relacionados con el sistema.
¿Por qué el propietario de una tercera parte presentó una solicitud de UCC-1?
Todos los propietarios de sistemas solares de terceros presentan una notificación en el registro de la vivienda (comúnmente conocida como una presentación UCC-1 o declaración financiera) después de que el sistema solar haya sido instalado. Esta notificación dice básicamente a cualquier persona que realice una búsqueda de título en su dirección: “Para su información, el sistema solar instalado en esta vivienda es propiedad de alguien distinto al propietario”. A veces, los agentes inmobiliarios o los prestamistas que no están familiarizados con esta práctica pueden decirte que se ha otorgado una garantía real sobre tu vivienda, pero esto no es cierto. Una notificación UCC-1 no es una garantía real y nunca debe confundirse con una garantía real.
Los formularios UCC-1 protegen los derechos del propietario de un tercero como propietario del sistema solar, pero no hacen ninguna reclamación contra el resto de la vivienda o propiedad. Otra razón por la que los propietarios de terceros presentan los formularios UCC-1 es porque quieren mantener un registro de su propiedad y asegurarse de que sean notificados cuando la vivienda tenga algún cambio de propietario. Ver esta notificación en el registro de título de su vivienda es un recordatorio de que debe contactar a su propietario de terceros para informarle de que está en proceso de una operación inmobiliaria (venta, refinanciación, línea de crédito de la vivienda – HELOC, etc.) para que puedan prepararse para retirar temporalmente el formulario UCC-1 para que pueda continuar con la transacción y completar cualquier otra documentación requerida.
¿Es la presentación de una solicitud de UCC-1 un gravamen?
No. Lo que encontrará en el título de una vivienda es un registro UCC-1, esencialmente una simple notificación de que los paneles solares pertenecen a otra persona que al propietario de la vivienda. Un registro UCC-1 nunca se convierte en un gravamen sobre la vivienda.